Oficializan intervención y suspensión de cuerpos de policías municipales

Se oficializó la intervención de dos cuerpos policiales en el país y suspensión del ejercicio de las funciones de otros dos, a través de una resolución del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz que aparece en Gaceta Oficial Nº 40.537, con fecha del lunes 10 de noviembre.

El Instituto Autónomo de Policía del municipio Tinaco del estado Cojedes fue suspendido por solicitud del alcalde de la zona, Julio Castro. Mientras que el del municipio Pedro Zaraza del estado Guárico tuvo el mismo destino debido al incumplimiento de los estándares y programas de asistencia técnica, según señala el documento oficial. Al respecto, a ambos cuerpos policiales se les designó una Junta de Intervención.

El Ministerio de Interior, Justicia y Paz también ordenó iniciar el proceso de intervención de los institutos autónomos de policía del municipio La Ceiba, del estado Trujillo y del municipio Cristóbal Rojas, del estado Miranda. A ambos se les designó una Junta de Intervención y directores encargados. De igual forma, el Instituto Autónomo de Policía del municipio Cabinas, del estado Zulia que se encuentra intervenido a través de la Resolución Nº432, de fecha 30 de octubre de 2014, publicada en Gaceta Oficial Nº 40.530, tendrá nuevo Director Encargado.

Algunas de las competencias de la Junta de Intervención son:

  • Designar y remover al personal de libre nombramiento y remoción del Cuerpo de Policía con excepción del director y demás directiva.
  • Prohibir al cuerpo de policía la prestación de servicios, hasta que el Órgano Rector ordene el reestablecimiento de los mismos.
  • Requerir información de cualquier naturaleza referente al Instituto en cuestión.
  • Colectar todas las armas y municiones pertenecientes al Cuerpo de Policía y hacer un registro de las mismas.
  • Solicitar informes y soportes referentes a extravíos o robos de armas y/o municiones pertenecientes al cuerpo de policía.
  • Realizar un registro del Parque Automotor.
  • Controlar, usar y ocupar las instalaciones, dotación y equipamiento policial, de conformidad con la normativa aplicable.
  • Declarar la reestructuración administrativa.
  • Asesorar al Director General en materia de administración del presupuesto del cuerpo de policía.
  • Iniciar los procedimientos de reducción de personal, de conformidad con la normativa aplicable.
  • Iniciar los procedimientos de suspensión inmediata de funcionarios y funcionarias policiales.

 

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